La reclamación de deuda en buenos términos es la opción más atractiva para conseguir ver pagada la deuda, por ello, antes de iniciar los procesos judiciales para el pago de una deuda, es recomendable ponerse en contacto con el deudor con la intención de llegar a un acuerdo sobre el proceso y el tiempo de pago de forma que se pueda liquidar la deuda de forma conveniente para ambas partes.
La reducción del importe total, la posibilidad de pago aplazado o de fraccionamiento de pago o ventajas relacionadas con los intereses de demora pueden ser buenas opciones para una reclamación de deuda efectiva y sin tener que recurrir a la vía judicial, pero no siempre actuar de buena fe y ponerse en contacto con el deudor tiene los resultados esperados, a saber: la liquidación de la deuda. En estos casos hay que valorar reclamación de deuda en otros términos, pero sabiendo cómo actuar para que sea legal
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¿Cómo hacer para que una reclamación de deuda sea legal ?
Si los intentos por ponerse en contacto con el deudor para saldarla no han sido fructíferos- En primer lugar, hay que tener en cuenta que para el reconocimiento de una deuda y para exigir el pago de la misma, esta debe cumplir tres condiciones imprescindibles:
- Que se trate de una deuda dineraria
- Que existan documentos o pruebas de la existencia de la deuda
- Que haya vencido el plazo para la liquidación de la deuda
Antes de iniciar un proceso legal es aconsejable conocer los bienes de los que dispone el deudor, para saber si cuenta con los bienes suficientes para hacer frente a la deuda. Además, sería conveniente conocer cuáles serán los costes procesales, y si existe la posibilidad de recuperación de los mismos, ya que en muchas ocasiones los costes de los procesos judiciales de reclamación de deuda suponen más pérdidas que ganancias para el acreedor.
Si se cumplen estos tres requisitos, se podrá iniciar el proceso legal para la reclamación de deuda, que prevé tres posibles vías de reclamación:
Procedimiento Monitorio
Para proceder a la reclamación por esta vía será necesaria la presentación de documentación que demuestre la existencia de la deuda pendiente, a efectos de documentación se podrán presentar facturas, albaranes u otros contratos.
Se trata de la vía más utilizada ya que se puede emplear incluso si el importe adeudado no es muy alto, incluso sin necesidad de abogados si el importe a liquidar es inferior a 2.000€ (el límite superior de esta vía son 250.00€). La resolución se puede producir mediante dos fórmulas: la aceptación de la deuda por parte del deudor, con el consiguiente proceso para que la misma sea liquidada; o la oposición por parte del deudor, que derivará en un procedimiento verbal u ordinario.
Procedimiento Declarativo Verbal
Es el paso siguiente al proceso monitorio siempre que el deudor se oponga al pago, pero también se puede recurrir a él por vía directa si se prevé que el deudor no tiene intención de hacer frente al pago de la deuda. Este proceso se abrirá cuando la cantidad adeudada no supere los 6.000€.
En este caso será el juez el que dicte sentencia, procediéndose al embargo de los bienes del deudor si así lo considera.
Procedimiento Ordinario
Es el paso siguiente al proceso monitorio cuanto el deudor o deudores se oponen al pago de una cantidad no liquidada superior a los 6.000€. Al igual que en el procedimiento verbal, se puede recurrir a esta vía, sin pasar por el proceso monitorio cuanto se prevé que el deudor no hará frente al pago de forma voluntaria o que se opondrá al mismo.
Tras las consideración y valoración de las pruebas aportadas por las partes, será el juez quien dicte sentencia a favor de una u otra.
Procedimiento Cambiario
Es un procedimiento más formal y que requiere de la intervención de abogados y procuradores sin importar la cantidad debida, sin embargo, esta vía ofrece la ventaja añadida de mayores probabilidades de pago de la deuda. Se realiza siempre que existe un documento que pruebe el reconocimiento de la deuda por parte del deudor, ya sea un pagaré, un cheque o un documento de reconocimiento de deuda.
La reclamación de deuda mediante vía judicial ofrece varias alternativas, sin embargo, antes de iniciar los trámites de la misma es recomendable contar con información suficiente sobre la situación financiera del deudor, los plazos de resolución y los costes del proceso, ya que con frecuencia, el acreedor se encuentra con que la reclamación de deuda implica más gastos de los que cubre la liquidación de la cantidad de la deuda.